Ambroa explicó cómo se acreditan años trabajados en el exterior para acceder a una jubilación

El asesor en Seguridad Social aclaró que los convenios internacionales permiten acumular años de servicio para configurar causal jubilatoria, pero no implican el traspaso de aportes ni garantizan una jubilación más alta.
Actualidad22 de junio de 2026Esteban OberttiEsteban Obertti

El asesor en Seguridad Social Ricardo Ambroa explicó en entrevista con Radio Paysandú el funcionamiento de los convenios internacionales que Uruguay mantiene con distintos países para el reconocimiento de años trabajados en el exterior.

Ambroa señaló que muchas personas emigraron durante diferentes etapas de su vida laboral hacia destinos como Estados Unidos, España, Francia, Argentina, Brasil y Venezuela, entre otros países. En ese marco, recordó que Uruguay cuenta con convenios internacionales de seguridad social que permiten reconocer períodos de trabajo realizados fuera del país, siempre que exista acuerdo vigente con el país correspondiente.

Según información del Banco de Previsión Social, estos convenios permiten que los años trabajados en el exterior sean reconocidos en Uruguay, y viceversa, para reunir las condiciones de acceso a una jubilación o pensión. Sin embargo, Ambroa remarcó que es importante entender correctamente el alcance de ese mecanismo.

“Son convenios de acumulación de años de servicio, no de traspaso de aportes”, explicó.

El asesor indicó que cada país mantiene su propio régimen jubilatorio, con edades y años mínimos de aportes diferentes. En el caso uruguayo, señaló que bajo el régimen anterior muchas personas podían jubilarse con 60 años de edad y 30 años de aportes. También recordó que, a partir de la reforma vigente desde junio de 2023, se establece una transición progresiva en la edad jubilatoria, manteniéndose los 30 años de aporte como referencia general.

Para ejemplificar la situación, Ambroa relató el caso reciente de una persona que había trabajado y aportado durante 20 años en España, y luego regresó a Uruguay, donde tenía 10 años de aportes registrados. Al contar con más de 60 años de edad, pudo acceder a la jubilación uruguaya utilizando el convenio entre ambos países.

“Uruguay tiene convenio con España. Vos podés acumular los años que tenés en España y te jubilás con la ley uruguaya”, explicó Ambroa al referirse al asesoramiento brindado.

En ese caso, la persona logró configurar la causal jubilatoria porque sumó los 20 años de trabajo en España y los 10 años aportados en Uruguay, alcanzando así los 30 años requeridos. Sin embargo, Ambroa aclaró que esa acumulación sirve para cumplir con la causal, pero no significa que Uruguay pague una jubilación calculada sobre los 30 años.

El monto jubilatorio abonado por Uruguay se calcula únicamente sobre los años efectivamente aportados en el país. Por eso, en el ejemplo mencionado, el ingreso resultó bajo, ya que el cálculo se realizó sobre los 10 años de aportes uruguayos.

“La persona me dijo: ‘aporté 30 años’. Y yo le expliqué: configuraste la causal con los 20 años de España, pero Uruguay te jubiló con los 10 años que aportaste en Uruguay”, relató.

Ambroa insistió en que esta diferencia suele generar confusión. Muchas personas entienden que, al reconocerse los años trabajados en el exterior, también se trasladan los aportes económicos realizados en otro país, pero eso no ocurre. Lo que existe es una acumulación de períodos para cumplir requisitos, no un traslado de dinero entre sistemas previsionales.

“No es traspaso de aporte, es acumulación de años de servicio”, remarcó.

También explicó que, si esa persona quisiera jubilarse en España por los años aportados allí, debería cumplir con las condiciones del régimen español, que son diferentes a las uruguayas y, en muchos casos, más exigentes en cuanto a edad y años de servicio.

El asesoramiento sobre seguridad social se brinda los jueves de 10 a 12 horas en la sede de la Federación de la Salud, ubicada frente a la piscina cerrada de Plaza de Deportes. Allí se orienta a personas que tienen dudas sobre aportes, causales jubilatorias, convenios internacionales y trámites vinculados a la seguridad social.

Ambroa destacó que este tipo de información es clave para evitar falsas expectativas y para que cada trabajador conozca con claridad qué años puede acreditar, qué requisitos debe cumplir y cómo se calculará finalmente su jubilación.

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